Incentivos fiscales verdes para fomentar el uso de energías renovables en la minería peruana

Margarett Matos Ortega*  y  Geraldine Izaguirre López**

 

 

La pandemia declarada a causa del COVID-19 es un suceso atípico y de impacto extremo a nivel mundial. En abril, el FMI pronosticó que su impacto económico sería similar al causado por la Gran Depresión de 1929, esto es una severa recesión económica donde el PBI mundial caería en promedio un 3.3% en el 2020, siendo América Latina y el Caribe uno de los mercados emergentes más afectados con una caída en promedio del 5.2% (Gopinath, 2020).

En el Perú, debido a la Declaratoria de Estado de Emergencia, la mayoría de las actividades económicas fueron paralizadas. Aun cuando algunas actividades económicas han reanudado sus actividades de forma progresiva[1] como la gran y mediana minería de gran importancia para la economía peruana, el pronóstico del FMI parece concordar con la reciente publicación del Informe Macroeconómico del II Trimestre 2020 por el BCR. En su informe, el BCR observa que nuestro PBI se contrajo en 30,2 %[2], siendo que la inversión directa extranjera en el país registró un flujo de US$ 251 millones[3]. Esta caída estuvo en buena parte concentrada en el sector energía en alrededor US$ 841 millones (BCR, 2020).

En este contexto, los especialistas locales coinciden en la urgencia de revertir la tendencia negativa del sector energía, pero sin plantear una propuesta concreta (Lengua, 2020). Para nosotras, este escenario es una oportunidad para promover inversiones sostenibles en un sector clave para el Perú como el minero.

La energía eléctrica es un insumo crítico y de uso intensivo para muchas industrias en el Perú, principalmente para la minería que está regresando a su nivel de producción habitual por la recuperación del precio de los metales y su rápida adaptación a los protocolos sanitarios (Prado, 2020). Por ello, cubrir su demanda energética resulta un imperativo natural para estimular al sector eléctrico, que a su vez puede ser aprovechado para impulsar la transformación de la matriz energética de las compañías mineras con la finalidad de promover su descarbonización a través del uso de energía eléctrica proveniente de fuentes de energía renovables.

Sin perjuicio de las mejoras regulatorias que deben implementarse en el mercado de generación eléctrica[4] y del análisis financiero que corresponda realizar en cada caso concreto, somos de la opinión que, para promover el uso de energías limpias hoy, un punto de partida atractivo para el inversionista involucra sin duda la reingeniería del marco fiscal aplicable.

El marco fiscal de promoción del desarrollo de las energías renovables en el Perú ha permanecido inmutable y olvidado desde la aprobación del Decreto Legislativo 1002. Por ello, consideramos que debe impulsarse lo que nosotras denominamos “incentivos fiscales verdes” que puedan aliviar su caja al invertir en este tipo de proyectos, cumpliendo además con un propósito que trasciende a la comunidad.

En un contexto de recesión donde el CAPEX de los proyectos mineros deben ser optimizados por ser una variable sensible que determina viabilidad de los proyectos hoy, consideramos que el reconocimiento reputacional no bastará para fomentar el uso de energía renovable en el país. Para generar esta demanda energética limpia resulta clave la creación de incentivos fiscales verdes que vayan más allá de la depreciación acelerada hoy existente, y generen incentivos económicos palpables para los inversionistas.

Al respecto, debe tenerse en cuenta que los proyectos mineros obtienen el suministro de energía eléctrica que necesitan para sus operaciones de dos maneras: (i) podrían desarrollar su propio proyecto de generación que los autoabastezca de energía; o, (ii) suscribir un contrato de suministro eléctrico o PPA (por sus siglas en inglés) con algún suministrador. En cualquiera de estos dos escenarios, el proyecto minero podría obtener su suministro de fuentes renovables.

En el primer caso, tendría que desarrollar un proyecto de energía renovables (i.e. solar, eólico, biomasa, etc.); sin embargo, este tipo de proyecto aún presenta desafíos tecnológicos para permitir gestionar la producción de energía 24/7, lo que encarece esta opción de inversión, pues tendría que incluirse otras instalaciones como baterías o la suscripción de otros PPA de respaldo para garantizar el suministro eléctrico constante.

En el segundo caso, podría incluirse en la regulación contractual del PPA, la obligación de que los suministradores garanticen que la fuente del suministro es renovable. Si bien la inclusión de una disposición como la indicada en un contrato resultaría sencilla, se generarían ciertos desafíos para la trazabilidad de las fuentes renovables, para lo cual tendría que trabajarse de manera coordinar con las autoridades competentes del sector energía.

A fin de complementar estas medidas de índole privada, creemos que desde el Estado puede impulsarse una “incentivos fiscales verdes”. De una mirada comparada, observamos que la energía renovable gana especial protagonismo en dos de nuestros países vecinos: Uruguay y Colombia (América Economía, 2018); precisamente ambos países tienen una fuerte política de incentivos fiscales que ha venido evolucionando para aliviar el impacto económico de implementar tecnologías limpias.

La propuesta de estos países es utilizar la típica fórmula de depreciación acelerada y devolución anticipada del IGV que también tenemos en el país, pero combinada con un conjunto de medidas a tener en cuenta, a saber y entre otras, una deducción especial sobre el impuesto a la renta, la exoneración del impuesto al patrimonio sobre bienes del activo fijo, la exoneración de tributos a la importación y aranceles, la emisión de Certificados de Eficiencia Energética.

 

Tabla comparativa de Incentivos Fiscales Verdes
Colombia

(UMPE, s.f.); (Bohórquez, 2019)

Uruguay

(Ministerio de Industria, Energía y Minería, s.f.)

1.  Deducción especial en la determinación del impuesto sobre la renta.

2.  Depreciación acelerada.

3.  Exclusión de bienes y servicios de IVA.

4.  Exención de gravámenes arancelarios.

1.   Descontar un porcentaje de la inversión elegible directamente sobre el pago del impuesto a la renta.

2.   Exoneración del Impuesto al Patrimonio.

3.   Exoneración de tasas y tributos a la importación, incluido el IVA

4.   Devolución del IVA.

5.   Exoneración progresiva del Impuesto a las Rentas para la generación de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables no tradicionales, según un calendario aprobado estatalmente.

6.   Exoneración del IVA a la enajenación de paneles solares fotovoltaicos y beneficio para su fabricación.

7.   Exoneración de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la enajenación de colectores solares de fabricación nacional.

8.   Los Certificados de Eficiencia Energética permiten obtener un ingreso monetario por las medidas de eficiencia energética que se hayan implementado.

Si bien todos estos incentivos fiscales verdes deben ser analizados antes de ser extrapolados a nuestro ordenamiento, consideramos que una vez vigentes, inclusive pueden ser aprovechados por otras industrias ávidas de una demanda energética sostenible. Aspirando a largo plazo a que este puede ser el primer paso para un proyecto más ambicioso como en el caso colombiano, donde ya existe un mercado de carbono en el cual se negocian certificaciones de reducción de emisiones de estos proyectos verdes para ser utilizados como créditos impositivos por otros.

Resulta evidente, el efecto poliédrico de crear incentivos fiscales verdes aprovechando a la minería como principal consumidor energético en el país, esto como una estrategia multiplicadora de reactivación económica minero-energética y una contribución a lucha contra el cambio climático.

Sumado a ello, debemos resaltar que, respecto al ámbito social, la reactivación y el destrabe de proyectos mineros aunado a una mejora reputacional de este tipo de industrias tendrá un efecto positivo en la percepción de la población respecto de éstas. Percibir a la minería como una industria preocupada por desarrollarse de manera sostenible, podrá facilitar la inversión, pues la mayoría de los conflictos sociales en proyecto mineros surgen de preocupaciones medioambientales (Tanaka, 2007).

Vale la pena recordar a todos los lectores que los proyectos que involucran energías renovables no se tratan solo de declaraciones de buena voluntad de los inversionistas, de acuerdo con el Plan Energético Nacional 2014-2015, las energías renovables son política de Estado para mitigar los efectos del cambio climático. Asimismo, en el Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, aprobado mediante Decreto Supremo 054-2011-PCM, se señala como acción estratégica el promover el aumento de la inversión privada en infraestructura para la generación de electricidad, priorizando la de origen hidráulico y otras fuentes renovables. Por tanto, reformular la política fiscal respecto a estos proyectos resulta coherente con el rumbo que el país se ha trazado a puertas del Bicentenario de nuestra independencia.

*Abogada por la PUCP con mención notable y candidata a la Maestría en Derecho de la Energía y Tecnologías Limpias por la Universidad Berkeley, EE. UU. en calidad de Becaria Fulbright. Actualmente Asociada Senior de Quiñones Alayza Abogados, antes trabajó en COES-SINAC y otras importantes firmas legales en Perú y Chile. Co-fundadora de Peru Young Energy Professionals (PYEP), Miembro de Women In Energy (WIN) y de la Asociación Iberoamericana de Derecho de la Energía (ASIDE).

**Abogada por la PUCP con mención notable, con estudios especializados en gestión pública, energía y medioambiente en universidades locales y extranjeras. Autora de diversos artículos en materia de energía, cambio climático, género y emprendimientos sociales. Actualmente, Asociada Senior en Quiñones Alayza Abogados, y Jefe de Práctica en la PUCP y Universidad de Lima. Miembro de Women In Energy (WIN), Sociedad Peruana de Estudios de Impacto Ambiental (SPEIA), entre otras instituciones.

BIBLIOGRAFÍA

América Economía (2018). Energías renovables ganan protagonismo en matriz energética de Latinoamérica. Recuperado de: https://www.americaeconomia.com/negocios-industrias/energias-renovables-ganan-protagonismo-en-matriz-energetica-de-latinoamerica

Banco Central de Reserva del Perú – BCR (2020). Informe Macroeconómico: II Trimestre de 2020. Recuperado de: https://www.bcrp.gob.pe/docs/Publicaciones/Notas-Estudios/2020/nota-de-estudios-59-2020.pdf

Bohórquez, Kevin (2019). Gobierno dará beneficios tributarios por invertir en renovables. Recuperado de: https://www.larepublica.co/economia/gobierno-dara-beneficios-tributarios-por-invertir-en-energias-renovables-2863339

Comisión Multisectorial para la Reforma del Subsector Electricidad – CRSE. Informe “Separación de compras para el suministro eléctrico por potencia y energía”. Recuperado de: http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/5_200727-Informe-Separacion-P-E.pdf

Gopinath, Gita (2020). The great lockdown: worst economic downturn since the great depression. Recuperado de: https://blogs.imf.org/2020/04/14/the-great-lockdown-worst-economic-downturn-since-the-great-depression/?utm_medium=email&utm_source=govdelivery

Horizonte Minero (2020). Minería: el sector de mayor consumo de electricidad. Recuperado de: https://www.horizonteminero.com/mineria-el-sector-de-mayor-consumo-de-electricidad/

Lengua, Christian. La minería será la punta de lanza para recuperar la inversión directa extranjera en energía. Recuperado de: https://elcomercio.pe/economia/peru/la-mineria-seria-la-punta-de-lanza-para-recuperar-inversion-directa-extranjera-en-energia-ncze-noticia/?ref=ecr

Ministerio de Industria, Energía y Minería (s.f.). Marco de incentivos y beneficios fiscales existentes en Uruguay para la energía solar.

Recuperado de: http://www.energiasolar.gub.uy/index.php/marco-legal/beneficios

Prado, Eduardo. Sector minero: una agenda proactiva al 2021. Recuperado de: https://semanaeconomica.com/sectores-empresas/mineria/sector-minero-una-agenda-proactiva-al-2021

Presentación Expo Solar Colombia (2019). Recuperado de: https://feriaexposolar.com/wp-content/uploads/2019/07/Presentacion-Bonos-de-Carbono_ALLCOT.pdf

Tanaka, Martin, Ludwig Huber, Bruno Revesz, Alejandro Diez, Xavier Ricard y José de Echave (2007). Minería y conflicto social. Economía y Sociedad 65. CIES. Recuperado de: http://cies.org.pe/sites/default/files/files/articulos/economiaysociedad/01-revesz.pdf

Unidad de Planeación Minero Energética – UPME (s.f.). Guía práctica para la aplicación de los incentivos tributarios de la Ley 1715 de 2014. Recuperado de: https://www1.upme.gov.co/Documents/Cartilla_IGE_Incentivos_Tributarios_Ley1715.pdf

 

REFERENCIAS

[1]           Desde el 02 de mayo del 2020 cuando se aprobó el Decreto Supremo 080-2020-PCM.

[2]           La tasa de variación anual más baja desde que se tiene registro trimestral del PBI (1980).

[3]           Monto sumamente menor respecto al mismo período en el 2019 (US$ 2,187 millones).

[4]                 Entre otras, como la propuesta por la Comisión Multisectorial para la Reforma del Subsector Electricidad (CRSE, 2020). Los suministradores de energía eléctrica con energías renovables necesitan estar en igualdad de oportunidades para comercializar su energía. Por ello, la CRSE en su Informe “Separación de compras para el suministro eléctrico por potencia y energía” propone no limitar los contratos de suministro a la modalidad full requirement, permitiendo existan contratos sólo por potencia o energía (incluso por bloques) o por ambos productos simultáneamente; beneficiando así a las tecnologías renovables que no cuentan con potencia firme reconocida.

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