Anotaciones sobre el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos

Paul Villegas Vega [1]

Marycielo Miranda [2]

I. Introducción [3]

El agua es un recurso natural esencial para la vida humana y el desarrollo de las actividades en la sociedad (Villegas Vega & Cairampoma Arroyo, 2015, p. 21) sobre el que la demanda se mantiene en constante incremento. Para Martínez y Villalejo, esta demanda sobre los recursos hídricos, junto a la escasez del mismo, ha generado una de las mayores crisis del agua a nivel mundial (2018, p. 59), de la cual Perú no ha logrado distanciarse. De acuerdo al Sistema Nacional de Información Ambiental, el país ha registrado un nivel de estrés hídrico del 3.97% entre el 2015 y 2017 (2021).

En este contexto, el Estado peruano no solo ha reconocido el derecho de acceso al agua, sino que ha establecido un marco normativo e institucional que busca garantizar el recurso y asegurar el manejo sostenible del mismo. Así, entre las herramientas previstas, se debe destacar el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos (SNGRH, en adelante), el cual fue creado con el objetivo de articular las acciones del Estado para asegurar la gestión integrada, participativa y multisectorial del agua y de sus bienes asociados que permita el manejo sostenible de los recursos hídricos, conforme a lo establecido en la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 del año 2009 (Ley, en adelante) y su reglamento – Decreto Supremo N° 001-2010-AG del año 2010 (Reglamento, en adelante).

Siguiendo a Global Water Partnership, el desafío del manejo de recursos hídricos está enfocado en “alcanzar un equilibrio entre el uso de los recursos como bases para el sustento de una población mundial creciente y la protección y la conservación del recurso para sustentar sus funciones y características” (2000, p. 12). Es así que, aun cuando exista un provisionamiento de normativas constitucionales y legales que buscan el manejo sostenible de los recursos hídricos, es necesario que haya herramientas que permitan su efectividad y logren alcanzar finalmente dicho equilibrio en su uso. 

En el país, la responsabilidad de su efectividad recae en la Autoridad Nacional del Agua (ANA, en adelante) por su calidad de ente rector y máxima autoridad técnica normativa del SNGRH, de acuerdo con la Ley y el Reglamento. En el marco de dicha responsabilidad, la ANA ha establecido lineamientos que orientan el manejo sostenible de los recursos hídricos por parte de las entidades públicas vinculadas y, a través de los cuales, buscan garantizar el efectivo cumplimiento de las funciones del SNGRH para la consecución de sus objetivos. 

En la presente comunicación, se brindarán algunas anotaciones sobre los “Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos”, aprobados por Resolución Jefatural N° 170-2021-ANA del presente año 2021 y que derogan los establecidos en la Resolución Jefatural N° 083-2016-ANA. 

II. Lineamientos aprobados

Los lineamientos tienen por objetivo uniformizar criterios y orientar las actuaciones que deben realizar los órganos de la ANA y otros integrantes del SNGRH, siendo estos los referidos al funcionamiento del SNGRH, al reconocimiento de espacios de la gestión integrada de recursos hídricos, al funcionamiento del SNGRH a nivel nacional, al funcionamiento del SNGRH a nivel desconcentrado, a los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, a los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca en la Amazonía, a los Comités de Subcuenca en la Amazonía, a los Grupos de Trabajos temáticos y territoriales, a los Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial, a la Mesas Temáticas y al marco de referencia en materia de planificación para los integrantes del SNGRH, los cuales serán anotados de manera conjunta en las siguientes líneas: 

  1. Sobre el funcionamiento de SNGRH y espacios de la gestión integrada de los recursos hídricos

El SNGRH está conformado por un conjunto de instituciones, principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos a través de los cuales el Estado desarrolla y busca asegurar la gestión integrada, participativa y multisectorial de los recursos hídricos, así como su aprovechamiento sostenible, conservación, preservación de la calidad e incremento de los mismos, de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento.

Su funcionamiento se materializa mediante los espacios participativos de coordinación, diálogo y concertación en los que participa, de un lado, la ANA como ente rector, supervisando y evaluando las actividades, impacto y cumplimiento de los objetivos del SNGRH, y las demás entidades de los diferentes niveles de gobierno y actores involucrados en la gestión de los recursos hídricos, de otro lado.

En los lineamientos aprobados, se precisa que estos espacios participativos para la gestión integrada de recursos hídricos son el Consejo Directivo de la ANA, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal o permanente, Comisiones Consultivas, Grupos de Trabajo, Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca de la Amazonía, Comités de Subcuenca en la Amazonía, Grupos de Trabajo Territoriales y Temáticos, Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial y Mesas Temáticas. 

  1. Sobre el funcionamiento del SNGRH a nivel nacional y desconcentrado

De acuerdo a la Ley y Reglamento, el SNGRH desarrolla sus políticas en coordinación con el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (antes Ministerio de Agricultura y Riego), el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y con los gobiernos regionales y locales, en el marco de lo establecido en los instrumentos de planificación del sistema; y desarrolla acciones con diferentes entidades públicas vinculadas con la gestión de los recursos hídricos a través de la ANA. 

Para la ejecución de las coordinaciones de las actividades en materia de recursos hídricos a nivel nacional, el SNGRH cuenta con espacios de participación como el Consejo Directivo de la ANA, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal o permanente, las Comisiones Consultivas y los Grupos de Trabajo, cuyas funciones y roles son establecidos en las normas de su creación. 

Mientras que, para la ejecución de las coordinaciones de las actividades en materia de recursos hídricos a nivel desconcentrado, el SNGRH, a través de la ANA y sus órganos desconcentrados y unidades orgánicas, cuenta con los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca de la Amazonía y sus respectivos Grupos de Trabajo Territoriales y Temáticos, así como los Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial y las Mesas Temáticas, cuyas funciones y roles también son establecidos en las normas de su creación.

  1. Sobre los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca y los comités de subcuenca en la Amazonía

Los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son creados para participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento de los recursos hídricos de forma sostenible, de acuerdo a lo establecido en la Ley y Reglamento. Los Consejos de los Recursos Hídricos de Cuenca en la Amazonía tienen la misma naturaleza y funciones de aquellos Consejos, con funciones y roles establecidos en sus respectivas normas de creación. 

Estos últimos Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca en la Amazonía tienen a los Comités de Subcuenca como unidades orgánicas constituidas con la finalidad de participar en la planificación, articulación, coordinación y concertación de los aspectos de su competencia en la gestión de los recursos hídricos, de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento, y con funciones y roles establecidos en las normas de su creación. 

  1. Sobre los Grupos de Trabajo Temáticos y Territoriales

Los Grupos de Trabajo son espacios de apoyo a los Consejos de Recursos Hídricos y Comités previamente mencionados, constituidos con el objeto de apoyar encargos de estos últimos, facilitar información, aportar conocimientos, experiencias y percepciones que contribuyan a la mejora de la gestión de los recursos hídricos.  

El carácter temático de estos implica que sean espacios de participación permanente o temporal, y creados a fin de abordar temas específicos relacionados a los ejes de la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos en el ámbito de un Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, de un Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca de la Amazonía o de un Comité de Subcuenca en la Amazonía. En cambio, el carácter territorial de estos implica que sean espacios de participación de carácter permanente constituidos en una o varias Unidades Hidrográficas con la finalidad de incorporar el enfoque social con visión multicultural en la gestión de los recursos en mención en el ámbito delimitado al igual que del carácter temático. 

  1. Sobre los Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial

A propuesta de por los órganos desconcentrados de la ANA, de los gobiernos regionales y locales, los Grupos Especializados de Trabajo Multisectorial son creados como espacios de participación, coordinación y concertación de los integrantes del SNGRH para el aprovechamiento de los recursos hídricos en donde no exista un Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, de uno de Cuenca en la Amazonía o de un Comité de Subcuenca en la Amazonía. 

En los lineamientos aprobados, se ha establecido que estos Grupos Especializados tienen como funciones promover la articulación, coordinación y concertación entre instituciones públicas, privados y otros actores involucrados en la gestión integra de recursos hídricos; identificar la problemática hídrica y priorizar la intervención interinstitucional; diseñar e implementar estrategias de intervención articulas, coordinarlas y concertadas que contribuyan a solucionar la problemática identificada; proponer y promover la aprobación e implementación de normas, procedimientos e instrumentos de política publica para la mejora de la gestión integrada de recursos hídricos que serán evaluadas y aprobadas por la ANA; convocar a los actores locales vinculados con la gestión de los recursos en referencia  para la conformación de Mesas Temáticas si es que así son requeridos; e impulsar la creación de los Consejos Recursos Hídricos de Cuenca, Consejos de Cuenca de la Amazonía y Comités de Subcuenca en la Amazonía, de acuerdo a las normas vigentes. 

  1. Sobre las Mesas Temáticas

Estas Mesas Temáticas son creadas con carácter temporal para la identificación de problemas puntuales que requieran ser atendidos de forma articulada, en aquellos espacios en donde no exista un Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, de la Amazonía o Comité de Subcuenca en la Amazonía.

Estos espacios están conformados por especialistas de las entidades públicas y privadas vinculadas de manera directa con el problema a abordarse, debiendo estos últimos estar acreditados formalmente por la Autoridad Administrativa del Agua que corresponda. Y, entre sus funciones, están la recopilación de información vinculada a la temática de la Mesa, el análisis y evaluación de las alternativas de solución para enfrentar la problemática en mención y la presentación de informes con resultados dentro de los plazos que sean establecidos. 

III. Reflexiones finales

Conforme a lo expresado, la escasez del agua y la demanda en incremento constante a nivel mundial y, en particular, a nivel nacional vienen creando una difícil situación para el acceso efectivo al recurso hídrico por parte de todos. Es así que, a partir del reconocimiento del derecho de acceso a este recurso natural y del marco normativo e institucional previo, resulta importante destacar el SNGRH como herramienta para el manejo sostenible de los recursos hídricos.

Este reconocimiento del SNGRH implica una labor constante y activa de parte de su ente rector y máxima autoridad técnico-normativa, pero -también- de las entidades públicas vinculadas a la gestión de los recursos hídricos y demás actores involucrados, quienes promuevan estrategias que promuevan su adecuado funcionamiento. Precisamente, con este propósito, la ANA ha venido planteando estrategias como los “Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos”, cuya última actualización ha sido planteada mediante la reciente Resolución Jefatural N° 170-2021-ANA, en el marco de lo establecido en la Ley y el Reglamento, y que se ha anotado brevemente en la presente comunicación.

IV. Referencias

[1] Paul Villegas Vega. Profesor de Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP, miembro de la Asociación Peruana de Derecho Administrativo (APDA) e investigador fundador en el Grupo de Investigación en Derecho Administrativo (GIDA-PUCP).

[2] Marycielo Miranda. Bachillera en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro de la Red Iberoamericana Juvenil de Derecho Administrativo (RIJDA) y asistente de investigación en el Grupo de Investigación en Derecho Administrativo (GIDA-PUCP).

[3] La presente comunicación ha sido realizada en el marco del proyecto de investigación “Protección de las Aguas Subterráneas. Análisis sobre la sostenibilidad de su aprovechamiento y su vinculación con el Derecho Humano al Agua y Saneamiento”, financiado por el Vicerrectorado de Investigación de la Pontificia Universidad Católica del Perú PUCP.

V. Bibliografía

Global Water Partnership. (2000). Manejo integrado de recursos hídricos.

Martínez Valdés, Y., & Villalejo García, V. (2018). La gestión integrada de los recursos hídricos: una necesidad de estos tiempos. Ingeniería Hidraúlica y Ambiental, XXXIX(1), 58–72.

Sistema Nacional de Información Ambiental. (2021). Estadística ambiental.

Villegas Vega, P., & Cairampoma Arroyo, A. (2015). El régimen jurídico para el aprovechamiento de recursos hídricos en el Perú. Actas de Derecho de Aguas (pp. 21–31).

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