SOBRE EL “ARREGLO DE NIZA RELATIVO A LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA EL REGISTRO DE LAS MARCAS” Y POR QUÉ ES IMPORTANTE SU RECIENTE APROBACIÓN EN EL PERÚ

Catherine Escobedo Paredes

Introducción

El 8 de abril de este año, mediante la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la Resolución Legislativa No. 31445, el Perú oficialmente aprobó su adhesión al Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas (el “Arreglo de Niza”).  El texto completo de dicho Arreglo fue publicado el pasado 18 de octubre, señalándose además que su entrada en vigencia se daba ese mismo día. 

El Arreglo de Niza es un tratado multilateral administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que fue adoptado el 15 de junio de 1957 y entró en vigor el 8 de abril de 1961. A la fecha, cuenta con 92 estados contratantes.  

Como su nombre lo indica, el Arreglo establece un sistema internacional de clasificación de productos y servicios para el registro de marcas.  Dicha clasificación es mundialmente conocida como la “Clasificación de Niza”.

La Clasificación de Niza

La Clasificación de Niza consiste en una lista de 45 clases: 34 clases referidas a productos (clases 1 a 34) y 11 clases referidas a servicios (clases 35 a 45).  Los productos y servicios contenidos en las clases se describen de manera general en los llamados títulos de clase.  

Además, la Clasificación de Niza contiene notas explicativas donde se definen de manera más amplia los productos/servicios contenidos en la respectiva clase, y una lista alfabética de productos y servicios que está descrita al detalle y contiene un código de identificación.

A manera de ilustración, esta es la manera en la que se vería la entrada de la clase 02 en el Nomenclátor de la Clasificación de Niza:

Como se puede apreciar, los productos que se incluyen en la clase 02 no son necesariamente similares o pertenecientes a un género único.  Esto ocurre a lo largo de la Clasificación, como por ejemplo en la clase 09, donde coexisten los “guantes de buceo” y las “computadoras”, o en la clase 44, donde coexisten los “servicios de tatuajes” y la “cría de animales”.  Por ello es necesario recalcar que la Clasificación de Niza no se usa para definir la similitud o disimilitud de productos y servicios.  Los criterios para evaluar dicha similitud están contenidos en las normas de propiedad industrial.

La Clasificación de Niza es revisada anualmente por un Comité de Expertos conformado por representantes de cada uno de los Estados parte del Arreglo, quienes, además, están encargados de elaborar nuevas ediciones de dicha clasificación cada 5 años, ya sea cambiando ciertos productos/servicios de una clase a otra, incorporando nuevos productos/servicios en la lista o creando nuevas clases. 

Por ejemplo, el producto “rosarios”, hasta el 2016 fue considerado dentro de la categoría de materiales de enseñanza y, por lo tanto, incluidos en la clase 16 pero, luego de una revisión y la votación correspondiente del Comité de Expertos, fue reclasificado a la clase 14 por considerarse como artículos de joyería.

Entre otros cambios sustanciales que el Comité de Expertos ha realizado a través de los años, la OMPI menciona “la modificación sustancial del texto de las observaciones generales, los títulos de las clases y las notas explicativas (en 1982); la adición de un “número de base” para cada producto o servicio que figura en la lista alfabética (en 1990), que permite ubicar fácilmente el producto o servicio equivalente en la lista alfabética de las distintas versiones lingüísticas de la Clasificación; la revisión de la clase 42, con la creación de las clases 43 a 45 (en 2000); y la revisión general de todos los títulos de las clases y las notas explicativas con miras a armonizar la forma y aclarar el contenido, en particular mediante la inclusión de ejemplos específicos en cada clase (entre 2016 y 2020)”.

La edición actual es la número 11. La nueva edición (la No. 12) entrará en vigencia el 1ero de enero del 2023, e incluye cambios como la inclusión de un nuevo producto a la lista, específicamente los populares NFT (Tokens No Fungibles) dentro de la clase 9 (indicación No. 09091) como “archivos digitales descargables autentificados por tókenes no fungibles (NFT)” y la de un nuevo servicio en la clase 45: el “servicio de adopción de animales” (indicación No. 450264).

La Clasificación de Niza es utilizada de manera obligatoria por los países que la han ratificado, pero también es utilizada como el standard para varios países que no son parte del Arreglo de Niza.  Además, su utilización ha sido adoptada por la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI), la Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual (ARIPO), la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux (BOIP) y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).  

Cabe señalar también que su uso es obligatorio para el registro internacional de marcas a través del Sistema de Madrid en la OMPI.

La publicación de las nuevas ediciones de la Clasificación de Niza (en francés y en inglés que son los idiomas oficiales) pueden consultarse en el sitio web de la OMPI, pero en general cada oficina de marcas (incluyendo la de Perú) cuenta con una versión en el idioma oficial del país al que corresponde y puede ser consultada por los usuarios.

Su aplicación en el Perú

Si bien el Perú no fue parte del Arreglo de Niza hasta este año, en la práctica ha venido aplicando la Clasificación de Niza desde hace más de 40 años.  

Referencias al uso de dicha clasificación se pueden encontrar en la Decisión 085, Reglamento para la aplicación de las normas sobre propiedad industrial, de la Comunidad Andina (artículo 68), vigente desde 1974 y que fue adoptada por el Perú mediante Decreto Ley No. 22532 del 15 de mayo de 1979.  También pueden encontrarse referencias respecto a su uso en el Decreto Legislativo No. 823, Ley de Propiedad Industrial, (artículo 156) del 23 de abril de 1996 y el Decreto Legislativo No. 1075 (artículo 51), que es la ley de propiedad industrial vigente.

Además, la Dirección de Signos Distintivos (DSD) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) utilizó la Clasificación de Niza como base para crear su propio clasificador llamado “PeruaNIZAdo”, el que está disponible para el público desde abril del 2017.  La particularidad de este clasificador es la inclusión de productos y servicios que, en razón de su traducción o por ser propios del Perú, no aparecían en la lista “oficial” de la Clasificación de Niza, como las “paltas” (aguacates), el “sillao” (salsa de soya), la “chicha morada”, el “aceite de sacha inchi”, los “granos de kiwicha procesados”, etcétera.

La reciente adhesión del Perú al Arreglo de Niza le permitirá participar activamente en el Comité de Expertos con voz y voto (anteriormente ha sido solo observador) y proponer modificaciones a la clasificación, incluyendo peruanismos y regionalismos, las que – de ser aceptadas – serán incorporadas en las siguientes ediciones.

Referencias:

[1] Diario Oficial “El Peruano”. (8 de abril de 2022). Resolución Legislativa No. 31445 – Resolución Legislativa que aprueba el Arreglo De Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el registro de las marcas. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/resolucion-legislativa-que-aprueba-el-arreglo-de-niza-relati-resolucion-legislativa-n-31445-2056440-1/

[2] Diario Oficial “El Peruano”. (18 de octubre de 2022). Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/arreglo-de-niza-relativo-a-la-clasificacion-internacional-de-convenio-arreglo-de-niza-2116012-1/ 

[3] Diario Oficial “El Peruano”. (18 de octubre de 2022). Entrada en vigor del “Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas”.  https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/entrada-en-vigor-del-arreglo-de-niza-relativo-a-la-clasific-convenio-internacionales-2116025-1/ 

[4] World Intellectual Property Organization. WIPO-Administered Treaties. Nice Agreement. https://wipolex.wipo.int/en/treaties/ShowResults?start_year=ANY&end_year=ANY&search_what=C&code=ALL&treaty_id=12

[5] Traducción al español del texto contenido en: World Intellectual Property Organization. Nice Homepage. https://www.wipo.int/classifications/nice/nclpub/en/fr/?basic_numbers=show&class_number=2&explanatory_notes=show&lang=en&menulang=en&mode=flat&notion=&pagination=no&version=20220101

[6] Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas.

Artículo 3 – Comité de Expertos

  1. Se establecerá un Comité de Expertos en el que estará representado cada uno de los países de la Unión especial.
  2. (…)
  3. El Comité de Expertos:
  1. decidirá los cambios que deban introducirse en la Clasificación;
  2. hará recomendaciones a los países de la Unión especial, con objeto de facilitar la utilización de la Clasificación y promover su aplicación uniforme;
  3. tomará cualquier otra medida que, sin repercusiones financieras en el presupuesto de la Unión especial o en el de la Organización, contribuya a facilitar la aplicación de la Clasificación por los países en desarrollo;
  4. estará habilitado para establecer subcomités y grupos de trabajo.

(…)

[7] Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Acerca de la Clasificación de Niza. https://www.wipo.int/classifications/nice/es/preface.html 

[8] Ibid

[9] INDECOPI. Clasificador de Productos y Servicios – PeruaNIZAdo. https://servicio.indecopi.gob.pe/appNIZAWeb/

[10] Los idiomas oficiales en los que se publica la Clasificación de Niza son inglés y francés.

Compartir:

Más Artículos